
1. ¿Quién puede ser donante?
Cualquier persona,
sin límite de edad pero los menores de 18 años e incapaces deben contar con
la autorización de sus padres o representante legal.
2. ¿Cómo me convierto en donante?
- Manifestándolo de la siguiente manera:
- Al momento de obtener o renovar la licencia de conducir o la cédula de identidad.
- A través de una declaración notarial.
- En un documento al internarse en un establecimiento hospitalario ante el Director de Hospital o Clínica, o de su delegado.
- Pero lo más importante es manifestar su voluntad a la familia, pues la última palabra la tienen ellos.
Cuando se haya acreditado la muerte cerebral por dos médicos cirujanos distintos a los que realizarán el trasplante y se acredite la voluntad del donante o de la familia.
4. ¿Qué órganos se pueden donar?
El corazón, pulmón, hígado, riñones, páncreas, córneas, válvulas cardíacas, huesos y piel.
A través de la Ley 19.451 que estable normas para los transplantes y donación de órganos, su reglamento (Decreto N° 656 del Ministerio de Salud) y el Código Sanitario.
Siempre se respeta la voluntad de la familia. A su vez, por lo general ellos respetan la voluntad del fallecido, ya sea que éste lo haya manifestado en forma verbal o escrita.

Informacion Obtenida de la Biblioteca del Congreso Nacional y la Corporación del Transplate http://www.trasplante.cl


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